

Durante el mes de noviembre, los contribuyentes del IVA que cumplan con los requisitos establecidos (básicamente: Que no tributen en el régimen simplificado del IVA, que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y que no hayan sido excluidas del Registro en los 3 años previos al de presentación de solicitud de alta) podrán solicitar la aplicación del régimen de Devolución mensual de IVA.
Los contribuyentes, tendrán que presentar la comunicación y en el ejercicio 2022, presentar declaraciones de IVA mensuales por lo que el resultado a ingresar o a devolver, será mensual también. Asimismo, estará obligado a utilizar el Suministro Inmediato de Información (SII) y, por lo tanto, facilitar a la Agencia Tributaria la información de todas sus facturas emitidas y recibidas de manera telemática, en los plazos establecidos para ello.
Si tiene dudas sobre el Régimen de devolución Mensual de IVA o quiere que le demos nuestra opinión sobre si le interesa aplicar o no este régimen, no dude en ponerse en contacto con nosotros.